Condenado a cinco años de cárcel por abusar de su sobrina de once años
El acusado, de 42 años, tenía antecedentes por agresión sexual y a la pena de prisión se suman cinco años de libertad vigilada y diez de inhabilitación

Foto: E. P.
Imagen del acusado durante el juicio.
La Audiencia de Jaén ha condenado a cinco años de cárcel a un hombre de 42 años por abusar sexualmente de su sobrina en 2017 cuando la niña tenía once años. Además, de la pena de prisión se le imponen cinco años de libertad vigilada y otros diez años de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio directo con menores.
La sentencia recogida por Europa Press impone también la prohibición de acercarse y comunicarse con la menor durante diez años a partir del cumplimiento de la pena de prisión. Asimismo, el acusado deberá indemnizar a la víctima en 15.000 euros.
El tribunal contempla como hechos probados que el acusado aprovechaba cuando se quedaba a solas con la menor para someterla a tocamientos y prácticas de índole sexual. A principios de abril de 2017 la menor se lo contó a su madre y ambas abandonaron el domicilio que compartían con el acusado, pero no denunciaron los hechos.
No fue hasta marzo de 2021 cuando la menor le contó lo sucedido a una profesora del instituto, activándose así el protocolo de abusos, además de poner los hechos en conocimiento de la Fiscalía. Finalmente el 13 de abril de 2021 la menor junto con su madre interpusieron denuncia ante la Policía Nacional.
El acusado fue condenado en marzo de 2010 por la Audiencia de Jaén como autor de un delito de agresión sexual a la pena de dos años de prisión, pena que quedó extinguida en agosto de 2015. Es por ello por lo que estos antecedentes no pueden ser tenidos en cuenta a efectos de reincidencia pues los mismos han sido cancelados.
En esta causa el Ministerio Fiscal había pedido que se le impusiera al acusado una pena de diez años de cárcel por agredir sexualmente de forma continuada a su sobrina de once años.
En su declaración, el acusado rechazó la acusación y mantuvo que "jamás" tocó a su sobrina durante el tiempo que compartieron vivienda. Argumentó que por su profesión de camionero pasaba "poco tiempo" en casa y que cuando estaban "nunca" se quedó a solas con la niña ya que la vivienda estaba compartida por "muchas personas" y "siempre había gente".
Un biombo separó a la víctima, que en la actualidad tiene 20 años, de su tío y presunto agresor. La joven declaró ante el tribunal que los hechos se produjeron en 2017 cuando su madre y ella compartían piso con su tío materno.
Relató que al principio la relación con su tío era buena hasta que "el cariño empezó a cambiar". De esta forma, la joven, que ejerce la acusación particular, contó tres episodios de tocamientos y prácticas de tipo sexual a las que fue sometida por su propio tío.
Después de tres años de tratamiento psicológico, la joven pudo declarar ante el tribunal y relatar cómo al principio, con los primeros tocamientos, ella pensaba que "era normal" hasta que empezó a sentirse "mal" porque no entendía lo que le estaba pasando.
"Nos encontramos con un relato fluido, coherente y creíble a juicio de esta Sala, no apreciándose ningún titubeo o contradicción en la exposición del mismo", dice la sentencia, y añade que "la menor relata de forma contundente cómo el acusado comenzó a realizarle tocamientos superficiales y poco a poco fue a más, y lo que ella entendía inicialmente como muestras de cariño, posteriormente comenzó a sentirse incómoda".
La madre de la joven manifestó que cuando su hija le dijo que se quería marchar de la casa, se fueron, y que la decisión de denunciar la dejó en manos de su hija cuando en 2021 lo contó en el instituto. La madre reconoció que en su momento pidió explicaciones a su hermano y él se lo negó todo, por lo que no mantiene relación con él, aunque si se ven por la calle o coinciden en algún lugar, se saludan.
Las psicólogas de Márgenes y Vínculos que exploraron a la menor en su momento determinaron que el testimonio de la joven goza de la máxima credibilidad en la escala establecida para estos casos y además, los síntomas que presentaba la joven eran compatibles con ser víctima de violencia sexual.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.