Multa de 600 euros a Castellar por no comunicar la bueyada infantil de 2024
La sanción ya ha sido abonada y por pronto pago ha quedado reducida a 360 euros.
Foto: Extra Jaén
Bueyada infantil de Castellar en agosto de 2024
Fue en agosto de 2024. El partido PACMA dio la voz de alerta sobre la organización de una bueyada infantil en las calles de Castellar (Jaén). El Ayuntamiento la celebraría sí o sí con la connivencia de padres y madres. Menores, muy menores, corrieron delante de las bestias. No pareció importar el peligro que ello representaba para éstos. Y menos aún el uso de animales como entretenimiento.
Ahora, previa denuncia de los animalistas, el Consistorio ha recibido una sanción por valor de 600 euros por parte de la Delegación de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén por no comunicar la celebración de la bueyada infantil de ese 10 de agosto. La sanción ya ha sido abonada y por pronto pago ha quedado reducida a 360 euros.
En un primer momento, tanto el Ayuntamiento de Castellar como distintas instancias administrativas sostuvieron que no se trataba de un festejo taurino ni de una actividad sancionable, al no emplearse reses de lidia.
La Delegación de Agricultura, en su resolución recogida por Europa Press, rechaza imponer una infracción muy grave al no considerar probado "la existencia de daños ni sufrimientos ni malos tratos" ya que en este caso se trató de "animales especialmente entrenados para este tipo de actividades, siendo su finalidad ayudar a los ganaderos a manejar a las reses bravas y mansas en todas las labores, faenas y festejos en que intervienen".
No obstante, sí se contempla una infracción por omisión al no haber comunicado de forma previa que ese día se iba a realizar una concentración ganadera. En concreto, es una infracción administrativa tipificada en el artículo 83.2 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.
Este artículo recoge que 'La falta de comunicación a la autoridad competente de nacimientos, entradas o salidas de los animales de producción de una explotación o, en general, de los datos e información de interés en materia de sanidad animal, cuando dicha comunicación venga exigida por la normativa aplicable, o el retraso en la comunicación de dichos datos, cuando sea el doble o más del plazo permitido en la normativa específica'.
Es por esta infracción leve por lo que se le impone al Ayuntamiento la sanción económica de 600 euros. Por su parte, desde Pacma, se ha incidido en que este caso "debe tener un efecto preventivo y disuasorio", al tiempo que ha advertido a otros ayuntamientos de que "organizar actividades similares puede conllevar consecuencias legales, aunque se presenten como tradiciones o actos lúdicos".